Funciones:- Recepción de mercancía y reubicación de la misma en almacén.- Reposición y fronteo de mercancía en estantes y frontales.- Control de fechas de caducidad.- Limpieza y mantenimiento de la tienda.- Implantación y retiradas de ofertas y cabeceras.- Atención al cliente.- Cobro en caja.- Embolsar productos.- Vigilar que no salgan productos de la tienda sin pasar por caja.- Revisión y firma de los arqueos de caja propios.- Realizar inventarios periódicos.- Control de tiempos y temperaturas de horno de pan.- Aviso a responsables para resolución de incidencias (quejas, reclamaciones, anulaciones de tickets, devoluciones de productos, retiradas de dinero, etc.).Formación requerida:- F.G.M. (Ciclo Formativo de Grado Medio) Actividades Comerciales.- F.G.S. (Ciclo Formativo de Grado Superior) en Gestión de Ventas y espacios comerciales.**Requisitos**:- Carnet de manipulador de alimentos.- Carnet y vehículo.IMPORTANTE:- Titulados/as de Formación Profesional de Grado medio o superior, especialista, máster profesional o Certificados de Profesionalidad o títulos oficialmente reconocidos.- Titulación obtenida en centros públicos o privados de la provincia de **Málaga**:- **Menores de 30 años** o 35 años en caso de personas con un grado discapacidad reconocida igual o superior al 33%.- Que **no tengan experiência profesional** previa acorde a los estudios realizados.No tendrá consideración de experiência profesional la realización de prácticas remuneradas no laborales (becario/a), la derivada del trabajo, ya sea por cuenta propia como por cuenta ajena, acorde con la titulación por un periodo de tiempo no superior a 90 días, ni cualquier otra obtenida por el desempeño de un trabajo, puesto u oficio que no requiera la titulación habilitante para la suscripción del contrato objeto de subvención.La acreditación de este extremo se realizará mediante aportación de **vida laboral** de los trabajos realizados con posterioridad a la obtención del título y **copia del contrato** registrado.- Que cumplan los requisitos para poder ser contratados en un Contrato para la obtención de la práctica profesional.- Que no tengan relación de parentesco por consanguineidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive del empresario/a, autónomo/a o profesional o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de los contratantes.